Para conocer que trámites fiscales necesita realizar un empresario individual cuando quiere inicia su actividad, accede a la Webquest y descúbrelo por ti mismo .
Descargar WebQuest "Trámites fiscales iniciales del empresario individual"
Como vas a comprobar en cuanto empieces con el trabajo, lo primero es presentar la Declaración Cesal (Modelo 036) en la Agencia Tributaria y darse de alta en el IAE (Impuesto de actividades económicas)
Cumplimentar el modelo 036, tiene lo suyo. Así que manos a la obra con los puntos 3, 4 y 5 de la actividad.
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miércoles, 18 de junio de 2008
jueves, 10 de abril de 2008
CIERRE FISCAL PRIMER TRIMESTRE 2008
Modelos apresentar según el Calendario Fiscal
El próximo día 21 de abril finaliza el plazo para la presentación de los siguientes impuestos:
Modelos: 110, 115, 123, 131, 300, 310 y 349.
Hasta el día 5 de mayo:
Modelos: 130 y 202.
También que existen otros modelos, como los exclusivamente utilizados por las grandes empresas que deben presentarse en estas fechas.
El próximo día 21 de abril finaliza el plazo para la presentación de los siguientes impuestos:
Modelos: 110, 115, 123, 131, 300, 310 y 349.
Hasta el día 5 de mayo:
Modelos: 130 y 202.
También que existen otros modelos, como los exclusivamente utilizados por las grandes empresas que deben presentarse en estas fechas.
lunes, 7 de abril de 2008
HACIENDA AMPLIA EL PLAZO DE LOS PAGOS FRACCIONADOS
Según revela el periódico El País, las empresas españolas van a disponer de dos semanas más para realizar el pago fraccionado del impuesto de sociedades correspondientes al primer trimestre del año 2.008, la fecha límite para presentar el mismo, modelo 202, será el próximo día 5 de mayo, en lugar del día 21 de abril.
A su vez se va a permitir a las empresas la elección entre los dos métodos existentes para calcular el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades, en el caso de escoger un método que hasta la fecha no se estaba aplicando, deberá presentarse el oportuno modelo 036 de variación de datos:
Utilizar el método previsto en el artículo 45.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (BOE de 11 de marzo), es decir, la utilización como base de cálculo del pago fraccionado de la cuota del período impositivo anterior.
Utilizar el método previsto en el artículo 45.3 del TRLIS, es decir, la parte de base imponible obtenida en los tres, nueve y once primeros meses del año 2008, con la salvedad de no tener que incluir en dicho cálculo los efectos de los ajustes derivados de la primera aplicación del nuevo PGC.
A su vez de manera directa, los empresarios acogidos al régimen de estimación directa también se van a beneficiar de esta medida y podrán retrasar el pago de sus pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modelo 130 hasta el 5 de mayo.
No sucederá lo mismo con los empresarios acogidos al régimen de estimación objetiva, que deberán presentar su pago fraccionado a través del modelo 131, el 21 de abril, tal y como aparece en el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2.008.
A su vez se va a permitir a las empresas la elección entre los dos métodos existentes para calcular el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades, en el caso de escoger un método que hasta la fecha no se estaba aplicando, deberá presentarse el oportuno modelo 036 de variación de datos:
Utilizar el método previsto en el artículo 45.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (BOE de 11 de marzo), es decir, la utilización como base de cálculo del pago fraccionado de la cuota del período impositivo anterior.
Utilizar el método previsto en el artículo 45.3 del TRLIS, es decir, la parte de base imponible obtenida en los tres, nueve y once primeros meses del año 2008, con la salvedad de no tener que incluir en dicho cálculo los efectos de los ajustes derivados de la primera aplicación del nuevo PGC.
A su vez de manera directa, los empresarios acogidos al régimen de estimación directa también se van a beneficiar de esta medida y podrán retrasar el pago de sus pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modelo 130 hasta el 5 de mayo.
No sucederá lo mismo con los empresarios acogidos al régimen de estimación objetiva, que deberán presentar su pago fraccionado a través del modelo 131, el 21 de abril, tal y como aparece en el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2.008.
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