Los créditos comerciales (clientes, deudores), son considerados por el PGC como INSTRUMENTOS FINANCIEROS, en la categoría de "Préstamos y partidas a cobrar"
La Norma de Registro y Valoración a aplicar es la nº 9 (Parte 2ª del PGC).
Va en la misma linea que otra NRV ya trabajada como es la 10ª sobre Existencias, es decir:
Valoración inicial
Valoración posterior
Deterioro de valor
Éste último aspecto es en el que nos fijamos ahora, veréis que no es difícil, está en los apuntes del tema 10 (I), pero añado una presentación que lo explica estupendamente: Deterioro de valor de los créditos comerciales
Para practicar se deben hacer los ejercicios que hay en el tema 10, en el apartado 10.8.
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